3 de diciembre de 2024

Seguro de la licencia de golf: Qué hacer en caso de accidente o siniestro

La RFEG ha renovado con la Empresa Aseguradora Allianz Seguros las pólizas de seguro adjuntas a la licencia deportiva de los federados.


Estas pólizas de seguros cubren los accidentes de los federados (046557680) sufridos con motivo de la práctica deportiva y la responsabilidad civil (046540082) que dichos federados causen con motivo de dicha práctica. Todo ello, en los términos previstos por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo, así como de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.

La Federación Vasca de Golf, para sus federados, tiene contratadas sus propias pólizas específicas (046557671 para accidentes y 046538919 para responsabilidad civil) con las mismas coberturas y garantías que las de la RFEG.

Rogamos presten especial atención a la cumplimentación de los partes conforme a lo indicado en los protocolos de actuación pues en caso contrario Allianz no se hará cargo de las coberturas.

PÓLIZAS DE SEGURO

Póliza de responsabilidad civil

Póliza de accidentes

CIRCULAR INFORMATIVA

Circular sobre los seguros periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2023

Insurance Policy Personal Accidents and Civil Responsibility for Federated Sports 2023

TELÉFONOS, PROTOCOLOS A SEGUIR Y PARTES A CUMPLIMENTAR

Los teléfonos de atención (incluido el de urgencias) los encontrará en los protocolos y partes correspondientes.

Protocolo de actuación en caso de accidentes deportivos

Protocolo de actuación en caso de siniestros – responsabilidad civil

Parte de comunicación de accidentes deportivos

Parte de comunicación de siniestros (daños materiales o físicos a otro ocasionados por el deportista federado – casos de responsabilidad civil)

CUMPLIMENTACIÓN DE LOS PARTES

Solo la correcta cumplimentación de los partes y el cumplimiento de los protocolos de actuación dará acceso a las coberturas suscritas. En caso contrario ALLIANZ no se hará cargo de los costes.


COBERTURA DE LAS PÓLIZAS

  1. De la póliza de accidentes (046557680):

Se entiende por accidente los traumatismos puntuales, violentos, súbitos, externos y ajenos a la intencionalidad del federado, sufridos durante la práctica deportiva (incluidos los producidos como conductores de buggies), siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes, enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, microtraumatismos repetidos, tendinitis, bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general, cualquier patología degenerativa.

Tendrán la consideración de accidente los infartos de miocardio y las anginas de pecho sufridos por los federados, siempre que éstos se produzcan en el campo de juego durante la práctica deportiva o, subsiguientemente a ésta, en las instalaciones del club o recinto deportivo.


Quedan cubiertos los accidentes sufridos por los federados conductores de un buggie de golf.


Para el acceso a las coberturas es NECESARIO seguir las indicaciones del PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES.


  1. De la póliza de responsabilidad civil (046540082):

Estarán cubiertos los federados frente a posibles reclamaciones de terceros por daños – corporales o materiales – causados con motivo de la práctica deportiva en un club federado u oficial, en cualquier lugar del mundo (dentro de los límites económicos suscritos), quedando expresamente excluidos los derivados del uso de vehículos a motor incluidos los coches de golf.

No serán terceros a efectos de la cobertura, las personas que, respecto del federado causante, sean cónyuges o familiares consanguíneos o afines, hasta segundo grado, o empleados en el desarrollo de las funciones propias de su cometido.

Para el acceso a las coberturas es NECESARIO seguir las indicaciones de los PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL.

BUGGIES Y COCHES DE GOLF

Recordamos a todos los Clubes/Campos de Golf e instalaciones deportivas federadas que la responsabilidad civil causada con motivo de la conducción/utilización de los buggies/coches de golf NO está incluida en estas pólizas, motivo por el que RECOMENDAMOS que aquellos que los tengan en propiedad, en régimen de renting o leasing, procedan a suscribir una PÓLIZA DE SEGUROS que cubra la responsabilidad que conlleva dicha utilización/uso.

NOTICIAS RELACIONADAS

Lo más leído